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Nuevo RD 9/2019 sobre liberalización de la estiba portuaria

16 Mar, 2020
Que es el Real Decreto-ley 9/2019 El Real Decreto-ley 9/2019, de 29 de marzo, modifica la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, para su adaptación a la actividad de la estiba portuaria y se concluye la adaptación legal del régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías. Se crea para consolidar el marco de liberalización del régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías iniciado con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2017, que establecía:
  • El régimen de funcionamiento de las empresas titulares de licencias del servicio portuario de manipulación de mercancías que operan en el sector
  • Desaparece la obligación de pertenecer a las Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP)
  • La contratación de los trabajadores de la estiba portuaria deja de hacerse de forma prioritaria a través de las referidas SAGEP.
Se reconoció un período transitorio de adaptación de tres años, a contar desde el 14 de mayo de 2017, facilitando la estabilidad del empleo de los trabajadores de las SAGEP, en particular para garantizar el mantenimiento de sus derechos, en el tránsito al nuevo escenario de libertad competitiva. Como consecución de este objetivo, el Real Decreto-ley 8/2017 establece en su artículo 4; “La posibilidad de crear centros portuarios de empleo (CPE) cuyo objetivo habrá de ser la contratación de trabajadores portuarios para ser puestos a disposición de empresas titulares de licencia de prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías o de autorización de servicios comerciales portuarios”. Quedando apenas un año para la finalización del periodo transitorio, se analiza la evolución de la competencia y del empleo, y se llega a la conclusión de que se necesita completar la regulación con el nuevo Real Decreto-ley 9/2019, respecto a la regulación de estos centros de empleo, indicando su funcionamiento, y otras cuestiones diversas. Principios inspiradores del Real Decreto-ley 9/2019 El nuevo Real Decreto-ley 9/2019, invoca los principios de Derecho de la Unión Europea, relativos a la libertad de competencia, pero respetando -en todo momento – los derechos laborales básicos de los trabajadores, y sin mermar el empleo en el sector. El artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) declara la prohibición de «todos los acuerdos entre empresas que puedan afectar al comercio, impedir, restringir o falsear el juego de la competencia dentro del mercado interior». De esta forma, se plantea la necesidad de garantizar la protección de los derechos de los trabajadores y la consecución de lo establecido en el artículo 145 del TFUE, «En particular, potenciar una mano de obra cualificada, formada y adaptable y mercados laborales con capacidad de respuesta al cambio económico, con vistas a lograr los objetivos definidos en el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea». Por todo ello, como resultado de un análisis y adaptación al mercado actual, nace el nuevo Real Decreto-ley 9/2019, de 29 de marzo. Novedades del Real Decreto-ley 9/2019, de 29 de marzo
Descubre las principales novedades de este RD ley aquí: https://www.adl-logistica.org/estiba-portuaria/

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