- Como solución a lo anterior, el RDL 10/2020 establece, como excepción, que los trabajadores del sector del transporte que se encuentren realizando un servicio correspondiente a una actividad no considerada como esencial en el momento de su entrada en vigor, iniciarán el permiso retribuido recuperable una vez finalizado el servicio en curso, incluyendo como parte del mismo, en su caso, la operación de retorno correspondiente.
PUBLICACIONES
Know how
“Héroes sin capa” azotados por las nuevas restricciones en el transporte
Publicaciones relacionadas
Su autora, Eva María Hernández, exime cualquier responsabilidad que pueda originarse en cuanto a la integridad, la exactitud y la actualización de los textos, contenido y modelos aportados en sus estándares.
El contenido de estos artículos es fundamentalmente informativo y didáctico. No reemplaza ni sustituye al consejo personalizado, y en ningún caso se debe considerar sustitutivo o alternativo de las legislaciones y normativas ni del consejo profesional en cada caso individualizado. Los artículos funcionan como ejemplo que deberá adaptarse a cada caso concreto.
Limitación de responsabilidad: salvo que lo disponga expresa e imperativamente la ley aplicable, en ningún caso la autora será responsable por cualesquiera daños resultantes, generales o especiales (incluido el daño emergente y el lucro cesante), fortuitos o causales, directos o indirectos, producidos en conexión con sus publicaciones, incluso si la autora hubiera sido informada de la posibilidad de tales daños.