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Las exigencias legales del Ecommerce 4.0.

12 Abr, 2020
Las exigencias legales del Ecommerce 4.0. No importa si vendes tus productos a través de tienda online o eres consumidor de ellas, debes de conocer que, en España, la Ley reguladora de algunos aspectos del ecommerce es la llamada LSSI (Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información).
La conocida LSSI presenta numerosas novedades, pocas veces cumplidas por los empresarios, y casi nunca conocidas por parte del consumidor, de obligatorio cumplimiento.
En los últimos años, el Ecommerce ha experimentado un crecimiento progresivo. El comercio electrónico se divide en nuevos modelos de negocio O2O (online to offline). Es decir, numerosas tiendas online decidieron tener presencia en el mundo offline abriendo tiendas físicas para generar mayor confianza, contacto y personalización con el cliente. Aparece también lo que denominamos; comercio electrónico 3.0., comercio online mejorado con técnicas de cloud, es tecnología que permite la venta y la entrega de cualquier producto, en cualquier momento y en cualquier lugar en el que exista un cliente que lo solicite. Tras el apogeo de las tecnologías adaptadas al sector retail, nos solemos olvidar de las obligaciones legales que tenemos sobre estos negocios, y es por ello que vamos a realizar un repaso de las principales medidas a tener en cuenta: 1.- Operación sujeta a pago. Una vez que el consumidor está en la tienda online añadiendo artículos al carro de la compra debe saber que, justo al lado del icono de carrito y en el momento de realizar la compra (en el botón de envío), se deberá indicar por escrito que es una “operación con obligación de pago”. Esta mención es inusual y muy pocos empresarios la conocen, pero que de no identificarlo el usuario por Ley no queda obligado al pago. 2.- Derecho de desistimiento. El consumidor tiene derecho a rescindir el contrato y devolver el producto sin motivo alguno, durante el plazo de 14 días desde el día de la compra. Recordará seguramente la frase “si no queda satisfecho, le devolvemos su dinero”. Ahora bien, si el empresario no informa sobre este derecho en las condiciones generales de venta, el comprador dispondrá de un plazo de doce meses + 14 días para ejercitarlo desde la compra. Por lo tanto, tendríamos todo un año para devolver los productos sin causa alguna. El vendedor deberá reembolsar las cantidades que ya se han abonado sin retención de gastos, en el plazo de 14 días desde el ejercicio de este derecho, de lo contrario el consumidor tendrá derecho a reclamar el doble de lo adeudado e incluso daños y perjuicios. 3.- Aviso legal de cookies. La primera información que nos encontramos al entrar a una página web o sitio de internet, es lo que denominados “faldón de cookies”, que es el aviso inicial que nos parece para que aceptemos las cookies con un “click” o pinchemos en un enlace para ampliar la información.
Muy pocos profesionales realizan un buen aviso inicial de cookies, debiendo expresarse la finalidad de uso: “Analizar hábitos de navegación de los usuarios”.
Normalmente leemos que la finalidad es la de “mejora de nuestros servicios”, “mejorar la experiencia del cliente”, cuando lo que realmente se está realizando es “analizar hábitos de navegación”. La LSSI establece numerosas obligaciones a cumplir en distintas fases de la compra, pero sin duda las anteriores son las que suelen olvidarse. Para una buena adaptación al comercio digital 3.0. es necesario el uso de la tecnología y estudiamos continuamente como desarrollas métodos para ganar la confianza del cliente. Sin duda, la aplicación del Derecho es uno de ellos, no solo para evitar sanciones sino para que el cliente perciba calidad en su marca.        

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