No es obligatorio el marcado CE, pero tampoco es sancionable a nivel estatal si se incluye. No obstante, a nivel internacional puede suponer algún problema. Por ejemplo, el artículo 7 de la German Product Safety Act (Produktsicherheitsgesetz-ProdSG) prohíbe este marcado expresamente. Así, las cintas con marcado CE en Alemania son objeto de sanción; esta norma indica de forma literal:
«Las cintas de amarre con marca CE son un problema generalizado. El artículo 7 de la Ley de seguridad de productos alemana prohíbe esta marca, por lo que una marca CE en la etiqueta de una cinta de amarre significa que esta cinta de amarre debe desecharse».
En España, sin embargo, no se dispone de normativa que lo prohíba expresamente.
Algunos fabricantes lo incluyen, pero no es obligatorio ni viene indicado en la norma EN 12195-2.
En Alemania sancionan cintas de amarre con marcado CE, pero es en base a una norma alemana, no a las normas EN 12195-2, 3 y 4.
- Las cintas de amarre para el aseguramiento de cargas en los vehículos deben de estar de acuerdo a la norma EN 292 para los riesgos no cubiertos por la norma EN 12195-2.
- La norma EN 292-1de seguridad de las máquinas lo aborda en el apartado de conceptos básicos, principios generales para el diseño, en la parte 1 de «Terminología básica, metodología» y en su parte 2.
- En la norma EN 292-2:1991 (seguridad de las máquinas: conceptos básicos, principios generales para el diseño. Parte 2: relativa a «Principios y especificaciones técnicas»), se regula el marcado CE obligatorio en maquinaria. Debemos indicar que, para la Administración, una cinta de amarre no es considerada «máquina», por lo que no debiera indicarse el marcado CE, aunque no sea sancionable a nivel estatal.