El Real Decreto-ley 9/2019, de 29 de marzo, modifica la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal, para su adaptación a la actividad de la estiba portuaria y se concluye la adaptación legal del régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías.
Se crea para consolidar el marco de liberalización del régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías iniciado con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2017, que establecía:
- El régimen de funcionamiento de las empresas titulares de licencias del servicio portuario de manipulación de mercancías que operan en el sector
- Desaparece la obligación de pertenecer a las Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP)
- La contratación de los trabajadores de la estiba portuaria deja de hacerse de forma prioritaria a través de las referidas SAGEP.
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