Me siento orgullosa como jurista de haber recibido el galardón “Premio Nacional DeLey Derecho Marítimo 2020” como la abogada referente en el sector, tras el análisis de mis desarrollos legales y tecnológicos en el sector transporte.
La organización de estos prestigiosos premios, decidió celebrar la Gala el pasado 6 de octubre de 2020 en formato telemático, ante las nuevas restricciones acaecidas en Madrid.
Quiero agradecer a la organización de “El Suplemento”, todo el cariño y perfeccionismo volcado en su celebración, demostrando ser pioneros y únicos en este tipo de eventos – que para nada desmerecieron una celebración física.
La prensa nacional se ha hecho mucho eco de la noticia, no solo prensa generalista como “La Razón”, sino revistas especializadas en logística y mundo marítimo como; “Alicante Marítima”, “Veintepies” o “Diario del Puerto”, a nivel nacional.
Muy agradecida también a Dña. Andrea Pintos, quien me realizó una muy bonita entrevista para “Consejo General de la Abogacía española”, donde se destaca mi trabajo jurídico en el derecho de transporte y estiba, así como el “Protocolo de responsabilidad jurídica”, algo que no existía y que está revolucionando el sector del transporte a nivel legal. Asimismo volqué mi opinión sobre las lagunas de la normativa actual y mis propuestas de mejora.
Por último, me siento muy feliz de que la prensa alicantina más relevante me entrevistara en sus páginas, ya que como alicantina de nacimiento me siento afortunada y plena de que se reconozca mi labor en mi propia tierra.
Gracias a “Aquí Medios de Comunicación”, y el redactor Nicolás Van Looy, por la fantástica entrevista realizada y publicada en portada del “Aquí en Elda”, en prensa escrita en sus diarios de Elda, Petrer, Alicante y Santa Pola, así como en sus 13 diarios digitales de toda la provincia.

Presentación Gala de Trayectoria profesional.
Teatro Castelar de Elda
Trayectoria:
Eva María Hernández Ramos es una abogada formada en Derecho Marítimo, Transporte Terrestre y de Tecnología, aplicado a la logística. Es la primera mujer maestra de cargas en España y todo un referente del derecho de transporte, con una intensa actividad en la especialidad.
Es autora del primer libro y de la primera guía de la normativa de estiba en carretera en España. Primera mujer Expert Member EUMOS del mundo y vicepresidenta de los comités técnicos de las normas EUMOS 40607-x y 40674 en Bruselas.
Actualmente es Presidenta de Instituto Alana creado para promocionar la movilidad y el impacto de las nuevas tecnologías en nuestra vida diaria. Es socia-directora de Alianzas Jurídicas, una firma de abogados referente y aglutinadora de desarrollo legislativo y formación, y directora del Instituto de movilidad e innovación internacional (IMTE).
Ha creado el protocolo de responsabilidad jurídica de estiba, un producto registrado que puede acompañar a las “Fichas de Estiba” (marca registrada) u otros documentos. Es un formato pionero que está revolucionando el transporte en Europa. Además, ha sido la formadora la materia de Mossos, Ertzaintza, Ejército, entre otros.
Además, la letrada colabora en diversas revistas jurídicas especializadas y tiene publicados 18 libros propios en transporte y tecnología. Ha impartido formación en las principales escuelas especializadas en logística del país y cuenta con más de 200 conferencias impartidas.
Reflexiones sobre la normativa actual:
¿En qué consiste su proyecto “Protocolo de Responsabilidad Jurídica” combinado con “Fichas de Estiba”?
Hoy en día, diversos factores dificultan el trazado de responsabilidad jurídica y la formalización de pactos de sujeción de cargas entre cargador y transportista.
Además, existen multitud de sujetos intermedios en la cadena que nos plantean: ¿Qué papel tiene el operador logístico que hace las veces de expedidor o intermediario? ¿Y los contenedores que llegan de China, cuyo cargador se encuentra allí, y son gestionados por un transitario español y un transportista del puerto? ¿A quién sancionar si son abiertos en carretera y se presentan mal estibados?
Además, no existe una armonización adecuada entre Estados a la hora de imponer sanciones de forma adecuada, e intervienen diversas normas técnicas con diferente responsabilidad.
Todo ello me llevó a desarrollar un formato estandarizado; “Protocolo de responsabilidad jurídica” que puede formar parte de “Fichas de estiba”, que es marca registrada de mi titularidad – o junto a órdenes de carga, cartas de porte, contratos, etc.
Se presentó públicamente como solución para la armonización de las responsabilidades a nivel Europeo en la 6th EUMOS Conference con sede en Bruselas. Lo solicitan los 3 Cuerpos de Inspectores del Estado (Mossos, Ertzaintza y secciones de Guardia Civil) que son conocedores de este protocolo y su utilidad. Asimismo, DGT anunció la oportunidad de su regulación a nivel estatal.
¿Qué mejoras necesita el marco normativo de la carga y estiba en España?
Armonizarse con la normativa europea respecto a la responsabilidad, y elaborar una norma de desarrollo del protocolo de responsabilidad jurídica.
El RD 563/2017 incorpora en su ámbito de aplicación a los vehículos ligeros (furgonetas). Sin embargo, se olvida de incluir en su Anexo III (Estiba) la norma técnica relativa a los cálculos a realizar para asegurar la mercancía en este tipo de vehículos. Si incluye la denominada EN 12195-1, pero excluye vehículos ligeros expresamente.
Estudio del transporte en frigorífico, buenas prácticas en bañeras que presentan vacíos legales, y los denominados transportes de “carne colgada” (por ejemplo; jamones, carne en percheros, etc…), por la imposibilidad de sujetar la carga conforme la normativa.
Debe actualizarse el Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial) para adaptarlo a lo dispuesto en el Anexo III del RD 563/2017, hecho que produce que se sancione con la misma cuantía económica las deficiencias leves, graves o peligrosas. También merece especial revisión el régimen de inmovilizaciones en este sentido. Presenté informe sobre todos los extremos a revisar y sugerencias a DGT.
Revisar errores prácticos en las normas del CEN EN 12195-2, 3 y 4, que dificultan todo lo anterior. Para su modificación deben estar en periodo de consulta o apertura voluntaria por una parte interesada. Presenté informe ante CEN, Comité Europeo de Normalización y frente AENOR.
Resumen notas de prensa en medios nacionales
