- INSUFICIENTES, tampoco hace falta ser jurista para saberlo.
- INCOHERENTES, para esto quizás tampoco, pero si requiere análisis de, no solo las nuevas normas, sino de las existentes en Seguridad Social.
- Antes de todas las nuevas medidas habidas con el RDL7/2020 y RDL 8/2020, el contagio por Coronavirus y el periodo de aislamiento era considerado enfermedad común para los trabajadores. Esto significaba que durante los 3 primeros días de baja NO SE COBRABA, y tras el 4ª tan solo se percibía el 60% de la base de cotización (ver el Criterio 2/2020, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social y RD 5/2020).
- Por la acción de los sindicatos mayoritarios CCOO y UGT, nos encontramos con el nuevo RDL 6/2020, de 10 de marzo, con medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública. El texto entró en vigor el día 12 marzo y ya recogía la consideración del coronavirus como accidente laboral, sin tener que demostrarlo, pero se olvidaba de los autónomos.
- Dos días más tarde, ante el revuelo, entra en vigor el RDL 7/2020, donde ya recoge que:



