1. ¿Qué es un ERTE?
Es un procedimiento administrativo por el que el empresario podrá suspender o reducir el contrato de trabajo de sus trabajadores de forma temporal.
2. ¿Cuándo se puede realizar un ERTE?
Se pueden tramitar expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) cuando existan las siguientes causas: a) Fuerza mayor; b) causas económicas, técnicas o de producción.
3. ¿Hay que presentar un ERTE por cada centro de trabajo de una misma empresa?
Se puede presentar una solicitud de ERTE para varios centros de trabajo si existe la misma causa
4. ¿Dónde se solicita la apertura del procedimiento de ERTE?
El procedimiento se iniciará telemáticamente mediante solicitud de la empresa ante la autoridad laboral, en ámbito autonómico, la Dirección General de Trabajo de la comunidad autónonoma que te corresponda, cualquiera que sea la causa y el número de trabajadores afectados por la medida. Simultáneamente se comunicará a los representantes legales de los trabajadores.
5. ¿Cómo hay que presentar la documentación para iniciar un ERTE?
La documentación se presentará de forma telemática en las dirección web habilitadas para tal fin en tu comunidad autónoma-
6. ¿Quién decide iniciar un ERTE?
Corresponde a la empresa la decisión sobre la aplicación de medidas de suspensión de los contratos o reducción de jornada. La empresa deberá dar traslado de dicha decisión a los representantes de los trabajadores y a la autoridad labora.
7. ¿Qué es un ERTE por reducción de jornada?
Generalmente los ERTES son por suspensión, pero también es posible solicitar ERTES de reducción de jornada Existe un ERTE por reducción de jornada cuando se produzca la disminución temporal de entre un 10 y un 70% de la jornada de trabajo computada sobre la base de la jornada diaria, semanal, mensual o anual. En el supuesto de reducción de jornada se determinará para cada uno de los trabajadores afectados los períodos concretos en los que se va a producir la reducción, así como el horario de trabajo afectado por la misma, durante todo el período que se extienda su vigencia.
8. ¿Debo pagar indemnización al trabajador?
No, a menos que se extinga su contrato laboral.
9. ¿Debo pagar las cotizaciones a la Seguridad Social?
Si, durante la vigencia del ERTE.
10. ¿Tendré que abonar los salarios de mis trabajadores?
No, durante la duración del ERTE, tampoco computará el plazo para vacaciones.